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Inscripcin y renovacin de la inscripcin

Primera inscripcin
La primera inscripcin en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales se efectuar de oficio por la Comisin Nacional del sector Postal.
  • Cuando se reciba el modelo de declaracin responsable debidamente cumplimentado, en el caso de empresas que solo presten servicios postales fuera del mbito del servicio postal universal (Seccin A)
  • Cuando se reciba y se verifique la documentacin necesaria para obtener la autorizacin administrativa singular que habilita para la prestacin de servicios postales en el mbito del servicio postal universal (Seccin B).
Una vez recibida y comprobada toda la documentacin, la Comisin Nacional del Sector Postal remitir al solicitante una certificacin registral.
 
Renovacin de la inscripcin.
Establecido el calendario de renovacin para el ao 2012 y siguientes de las empresas inscritas en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales mediante Resolucin de 29 de noviembre de 2011 del Consejo de la Comisin Nacional del Sector Postal (BOE, 28/12/2011
La Ley 23/2007 de 8 de octubre, de creacin de la Comisin Nacional del Sector Postal, establece que todas las personas o entidades que figuren inscritas en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales deben renovar su inscripcin anualmente.
La documentacin exigida debidamente firmada, el impreso de la tasa y el justificante de pago debern ser remitidos, del 1 de abril al 31 de mayo de 2013, a la siguiente direccin:
Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales
c/ Zurbano, 7
28010 Madrid